Subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión (Régimen general de ayudas establecido en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo).
Estas ayudas van dirigidas a:
- Unidades familiares o de convivencia económica que hayan sufrido daños personales.
- Unidades familiares o de convivencia económica que hayan sufrido daños materiales en su vivienda habitual o en sus enseres de primera necesidad.
- Corporaciones locales, para hacer frente a los gastos de emergencia realizados.
- Comunidades de Propietarios, en régimen de propiedad horizontal, para daños que afecten a elementos de uso común.
- Titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, debidamente registrados a efectos fiscales y con un número de empleados igual o inferior a 50.
- Personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestación personal o de bienes, a requerimiento de la autoridad competente en materia de protección civil en el ámbito de la Administración General del Estado.
¿Cuándo y dónde se pueden presentar las solicitudes?
Plazo: hasta el 27 de mayo.
Lugar:
- Las personas jurídicas y las entidades públicas estás obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas (artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas).
- Las personas físicas podrán elegir en todo momento si comunicarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos o no.
- El artículo 16 «Registros» de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, establece dónde podrán presentarse los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas.
Entra en www.proteccioncivil.es/ayudas/catastrofe-o-siniestro/normativa para obtener documentación e información sobre:
- Modalidades de subvención.
- Beneficiarios.
- Requisitos.
- Formularios normalizados para presentar solicitudes.
- Información práctica.