Dª Carmen Sellés Prieto, Alcaldesa – Presidenta del Excmo Ayuntamiento de Hondón de las Nieves (Alicante), tiene a bien emitir el siguiente

BANDO DE ALCALDÍA

La Disposición Adicional 13 a de la LOTUP ha creado la denominada AGENCIA VALENCIANA DE PROTECCIÓN DEL TERRITORIO, entidad de derecho público de naturaleza consorcial, con personalidad jurídica pública, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión, para el ejercicio de las competencias autonómicas en materia de disciplina urbanística.

El objeto de la Agencia es ejercer las potestades administrativas de disciplina urbanística respecto de infracciones graves o muy graves cometidas en suelo no urbanizable, común o protegido, en el territorio de los municipios que se adhieran mediante el acuerdo de adhesión. Ello incluye el ejercicio de las funciones de inspección, y el inicio, tramitación, resolución y ejecución de los procedimientos de restauración de la legalidad urbanística, los procedimientos sancionadores urbanísticos y la impugnación de licencias municipales, presuntamente ilegales, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, conforme a la competencia otorgada por la Ley 5/2014, de la Generalitat, de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (LOTUP), en los artículos 244 y 268. Todo ello, sin perjuicio del ejercicio, por parte de la Agencia, de las competencias ordinarias en las materias reseñadas en este párrafo respecto de ilícitos cometidos en suelo no urbanizable perteneciente a municipios de la Comunitat Valenciana que no se adhieran a la Agencia, dentro de la regulación mencionada establecida en la LOTUP.

El Pleno del Ayuntamiento de Hondón de las Nieves en sesión  ordinaria de 8 julio 2021, ha acordado por unanimidad de sus miembros solicitar la adhesión del municipio de Hondón de las Nieves a la AGENCIA VALENCIANA DE PROTECCIÓN DEL TERRITORIO, lo que en la práctica comporta la atribución a la Agencia de las competencias de inspección, supervisión, sanción y restablecimiento de la legalidad urbanística que correspondan al municipio de Hondón de las Nieves, integrado voluntariamente en aquella, en los supuestos de infracciones urbanísticas graves o muy graves cometidas sobre su territorio, siempre que nos encontremos en suelo no urbanizable, sea este común o protegido.

La adhesión implica la delegación en la Agencia de las competencias de sanción y restablecimiento de la legalidad urbanística que correspondan al municipio de Hondón de las Nieves, que se ha integrado voluntariamente, en los supuestos de infracciones urbanísticas graves o muy graves en suelo no urbanizable, común o protegido, con el alcance establecido en el artículo 1 apartados 3 y 4 del Decreto 52/2021.

De lo que se informa, a efectos de general conocimiento

 

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